Para quién es
Nacionales de fuera de la UE admitidos en un programa a tiempo completo en España — grado, máster o doctorado, o un curso de idiomas o de formación profesional que cumpla las horas exigidas.
Qué suele ser decisivo
- Carta de admisión en un programa a tiempo completo de un centro acreditado en España.
- Medios económicos de unos 600 € al mes para el estudiante (100 % del IPREM), más por cada familiar acompañante.
- Seguro médico con cobertura completa en España y, en estancias largas, ausencia de antecedentes penales.
- Se puede trabajar hasta 30 horas a la semana junto con los estudios.
- En estudios superiores la autorización cubre todo el programa, sin renovación anual.
La estancia por estudios permite a nacionales de fuera de la UE vivir en España mientras cursan un programa a tiempo completo en un centro acreditado. Abarca grados universitarios, másteres y doctorados, y también cursos de idiomas o de formación profesional que cumplan las horas exigidas. Se rige por el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), en vigor desde el 20 de mayo de 2025.
Con este reglamento, la autorización para estudios superiores se concede por la duración del programa, de modo que en esos casos ya no hay que renovarla cada año. Además, los estudiantes pueden trabajar hasta 30 horas a la semana junto con sus estudios.
La solicitud suele presentarse en el consulado español del país de residencia. En algunos casos puede pedirse desde España durante una estancia legal; confirmamos cuál se aplica a tu caso en la primera llamada con nuestro asesor, y después nuestros abogados colaboradores en Barcelona preparan el expediente.
Qué hay que acreditar
Necesitas la carta de admisión, un seguro médico con cobertura completa en España y, en estancias largas, ausencia de antecedentes penales. En cuanto a medios económicos, la referencia es de unos 600 € al mes para el estudiante (100 % del IPREM), más por cada familiar acompañante; acreditar el alojamiento y la matrícula pagada ayuda. Tu cónyuge o pareja y tus hijos pueden acompañarte.
Qué decide el expediente
Tres cosas: una admisión real en un centro acreditado, medios económicos que pertenezcan claramente a ti o a tu sostenedor, y un seguro que cumpla el criterio del consulado. Los documentos extranjeros deben estar apostillados y traducidos por traductor jurado; lleva tiempo, así que conviene planificarlo pronto.
Después de los estudios
Al terminar, puedes pasar a la residencia tras los estudios para buscar empleo o emprender, o modificar a una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia.
Fuentes (contrastado con fuentes oficiales el 6 de octubre de 2026): Real Decreto 1155/2024 (BOE) · Estancia por estudios, Ministerio de Inclusión · IPREM 2026 (SEPE).
Esta página ofrece una orientación general. La vía adecuada y los requisitos exactos solo se confirman tras revisar tu expediente.
Última actualización:
